Los datos personales constituyen hoy en día uno de los activos más importantes de un creciente mercado basado en la información. Contar con asesoría jurídica, asistencia y representación en materia de protección de datos personales, resulta una garantía para el bienestar de cualquier negocio y para la correcta gestión de la información de los ciudadanos.
La Constitución de la República de Cuba, proclamada el 10 de abril de 2019, contempla en el capítulo concerniente a las garantías de los derechos, más concretamente en el Art. 97, el derecho de toda persona a acceder a sus datos personales en registros, archivos u otras bases de datos e información de carácter público, así como a interesar su no divulgación y obtener su debida corrección, rectificación, modificación, actualización o cancelación. Aunque este precepto no se ubicó en el capítulo relativo a los Derechos, para dotar de autonomía y sustantividad propia al derecho a la protección de datos personales, su regulación constituye un acierto del nuevo texto constitucional, que dispuso el camino a seguir para el uso y tratamiento de estos datos.
La Ley 149 “De Protección de Datos Personales”, de 14 de mayo de 2022, publicada en la Gaceta Oficial No. 90 Ordinaria de 25 de agosto de 2022, en vigor a partir de los ciento ochenta (180) días posteriores a su publicación, concibe la protección de datos personales en un doble sentido, como derecho autónomo al reconocer el derecho a la protección de los datos personales de las personas naturales y, como garantía de otros derechos, en especial, los inherentes a la personalidad.
Según esta Ley, los datos personales son todos aquellos que permiten identificar a una persona, de forma directa o indirecta. Pueden ser datos relativos a la edad, el sexo, la imagen y voz, el nombre, domicilio, identidad de género, orientación sexual, origen étnico, territorial y nacional, situación de discapacidad, datos médicos, laborales, económicos, académicos, entre otros. Asimismo, estos datos pueden ser de carácter general o sensibles. Para la protección y tratamiento de datos personales, la norma establece una serie de principios que deben regir la actuación de las personas responsables y encargadas del tratamiento de datos, enfocados principalmente en garantizar que los datos se obtengan con el consentimiento del titular o persona legitimada, que solo se recopilen aquellos que sean relevantes y necesarios, veraces, correctos, informados, para un fin lícito y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley, permitiéndose en todo momento el acceso del titular a los mismos.
El derecho a la protección de datos personales le atribuye a la persona un poder de disposición y control sobre sus datos personales, y sobre el uso y destino de los mismos. Por ello, este derecho otorga al titular potestades de información, acceso, no divulgación, rectificación o actualización y supresión o cancelación de sus datos de carácter personal, en los registros, ficheros, archivos o bases de datos públicas o privadas donde se encuentren almacenados.
El Bufete Internacional, S.A., para dar cumplimiento al articulado de la comentada Ley de Protección de Datos Personales, ofrece a sus clientes una amplia gama de servicios jurídicos en esta materia, entre los que destacan:
- Velar por el cumplimiento de la Constitución, la Ley 149 de 2022 y demás disposiciones normativas dictadas sobre protección de datos.
- Redacción y revisión de contratos, manuales y normas de procedimientos de negocios que traten datos personales de trabajadores, clientes o colaboradores, incorporando cláusulas que permitan o hagan legítima la recopilación de datos, así como también la transferencia de estos y los derechos que los titulares de los mismos tienen.
- Asesoría y representación para establecer la acción de protección de datos personales contra la persona responsable o encargada de un registro, fichero, archivo o base de datos pública o privada, que ha vulnerado los principios de protección y tratamiento de datos regentes en la Ley 149.